En fechas recientes una importante resolución tomada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sido cuestionada. El Tribunal Supremo determinó que un dictamen de la AEPD, la entidad hispana más importante para la defensa de la privacidad, estuvo viciada por ciertos errores de apreciación.
Este acontecimiento, más allá de poner en tela de juicio el trabajo de los implicados, lo que logra es hacer patente que la seguridad de la información de los ciudadanos no se da por sí sola, sino que requiere un auténtico combate y la implementación masiva de procedimientos como la destrucción de archivos documentales para poderse desarrollar con éxito.
Una polémica disposición
El caso que colocó en posiciones encontradas a la AEPD y al Tribunal Supremo, estuvo relacionado con un estudiante de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (Uned), quien el pasado mes de enero emitió una carta de reclamo en contra de la directiva de esta institución académica.
El motivo de la queja fue que los datos personales de este estudiante se encontraban a la vista de cualquier persona en la red, por medio de un programa especial que cuya finalidad era tener acceso a este tipo de referencias en cualquier momento y lugar. El joven incluso reclamaba una serie de acciones indemizadoras lo cual avivo la polémica entre ambas partes.
Posiciones encontradas
Ante el respaldo total que recibió el estudiante por parte de la AEPD las autoridades de la Uned acudieron a instancias jurisdiccionales. Finalmente, el Tribunal Supremo consideró que la querella del estudiante carecía del sustento necesario y que consistía, en esencia, en un acto de mala fe. De acuerdo al Tribunal Supremo, el apoyo de la AEPD al estudiante fue equivocado por el modo en el que se desarrolló el problema.
A final de cuentas, lo importante es tomar conciencia de que las autoridades- tanto en el caso de la AEPD, como las jurídicas- escuchan las solicitudes de los ciudadanos y le dan seguimiento hasta sus últimas consecuencias. Esto hace patente que la protección de la confidencialidad no es un asunto banal sino que amerita una posición responsable por parte de todos los implicados, valorando en lo que se debe el derecho a la privacidad que tienen todas las personas. La referencia a la buena fe, que en el caso del estudiante en contra de la AEPD salió a colación, es ineludible: todo es cuestión de valores y hay que valorarlo así.
Tags: AEPD, confidencialidad, LOPD, protección de la privacidad, responsabilidad civil
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